domingo, 29 de julio de 2007

CONSEJO ESCOLAR

Cada centro dispone de un Consejo Escolar como órgano colegiado de gobierno del que forman parte los padres y madres, l@s estudiantes, l@s profesores y representantes del Ayuntamiento. El Consejo Escolar del Centro es el órgano competente para la resolución de los conflictos y el que vela por el correcto ejercicio de los derechos y deberes de l@s estudiantes. Dentro del Consejo Escolar ha de existir una Comisión de convivencia, compuesta por profesores, padres, madres y alumn@s y presidida por el Director del centro. Sus funciones son las de resolver y mediar en los conflictos y también las de adoptar las medidas preventivas necesarias para evitar la quiebra de la convivencia.1.2. REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO.Las normas de convivencia que se propone cada Comunidad Educativa, en donde se definen deberes y derechos, están descritas en el Reglamento Interno y se deben basar en el Proyecto Educativo del establecimiento. Debe ser un instrumento al servicio de una viva y paradigmática pedagogía constitucional y ser producto de la concertación en torno a los principios básicos para una convivencia democrática 1.3. COMUNIDAD EDUCATIVA.La Comunidad Educativa participa activamente en la gestión de las acciones que se implementan en la Institución Educativa. Está conformada por estudiantes, padres de familia, directivos, profesores, ex alumnos, administrativos y miembros de la comunidad local. Participa de manera organizada, mediante formas de convivencia democrática, en la formulación y ejecución del Proyecto Educativo Institucional, realizando acciones de concertación y vigilancia del proceso educativo para contribuir con la formación integral del educando. 1.4. CONVIVENCIA.Entendemos por convivencia escolar la interrelación entre los diferentes miembros de un establecimiento educacional, que tiene incidencia significativa en el desarrollo ético, socio-afectivo e intelectual de alumnos y alumnas. Esta concepción no se limita a la relación entre las personas, sino que incluye las formas de interacción entre los diferentes estamentos que conforman una Comunidad Educativa, por lo que constituye una construcción colectiva y es responsabilidad de todos los miembros y actores educativos sin excepción. La calidad de la convivencia, así entendida, en la escuela y en el liceo, es un antecedente decisivo que contribuirá a configurar la calidad de la convivencia ciudadana, en tanto la Comunidad Educativa constituye un espacio privilegiado de convivencia interpersonal, social y organizacional que servirá de modelo y que dará sentido a los estilos de relación- entre los niños, niñas y jóvenes, futuros ciudadanos del país. Por ello, una de las formas de avanzar en la construcción de una democracia sana y sustentable, es reconocer la importancia de la acción educativa en el ámbito de la convivencia. 1.5. MEDIADOR.La mediación escolar es un "proceso informal en el que un tercero neutral, sin poder para imponer una resolución, ayuda a las partes en disputa a alcanzar un arreglo mutuamente aceptable". La mediación implicar renunciar al poder de decidir, opinar o sugerir. Significa estar realmente convencidos de que no hay nadie que conozca mejor su conflicto que las partes, por lo que nadie mejor que ellas están capacitadas para resolverlo. El mediador puede ser una adulto, padre o profesor, y también, un alumno (mediación entre iguales). La mediación no sustituye a las normas y reglamentos de funcionamiento de los centros escolares, es solo un camino nuevo para la gestión del conflicto escolar. 2. Estructura del conflicto.2.1. PARTES. El conflicto dentro del ámbito escolar se refiere, por lo tanto, no solamente a los originados entre alumnos (con o sin violencia), sino a los generados entre todos sus componentes: alumnos, docentes, dirección, familias, etc. No olvidemos nunca que un conflicto no resuelto es un conflicto de toda la Comunidad Escolar y afecta, de una u otra forma, a la estructura en su conjunto.2.2 PROBLEMA. Aplicando al ámbito escolar la clasificación de Christopher Moore (1986), podríamos comenzar señalando que existen conflictos "innecesarios" y conflictos "genuinos". Los primeros tienen su origen principalmente en problemas de comunicación o percepción. La falta de información, una errónea interpretación de los datos o diferentes opiniones acerca de su importancia pueden dar lugar a rumores, malentendidos y equívocos. Las percepciones erróneas, los estereotipos y los errores de comunicación o las emociones intensas (normalmente de corte negativo) originan problemas vinculados con nuestro sistema de relaciones. Por esta razón se los considera "innecesarios": se pueden evitar. El camino será mejorar la comunicación, escuchar atentamente al otro y legitimar mutuamente nuestras emociones.El segundo grupo -los conflictos "genuinos"- engloba aquellos supuestos en que aparecen intereses aparentemente contrapuestos (ya sean de procedimiento o de contenido) o de carácter competitivo y excluyente. Igualmente, entrarían dentro de este concepto aquellos conflictos originados por problemas de tipo estructural (vinculados con el sistema normativo y sancionador, la distribución de recursos escasos o cuestiones vinculadas con el ejercicio del poder y la autoridad, entre otros). Su adecuado abordaje pasará por la búsqueda de opciones válidas para ambas partes y generadas por éstas.2.3 PROCESO. Un error común es dar a los acuerdos la fortaleza que poseen las normas-Lo acordado debe satisfacer el interés de todas las partes.- Lo contrario, lleva en sí el germen del no cumplimiento. Todo acuerdo debe partir de lo mínimo realizable por las partes y la determinación de "realizable" y "posible" debe expresarlo cada una de las partes. Lo contrario, que una de las partes (por ejemplo la Escuela, o quien la representa) trate de definir lo que es interés de las partes o lo que estas pueden comprometerse a cumplir o lo que es posible cumplir, implica contaminar el acuerdo con el germen del fracaso, a corto o largo plazo.Pero ¿cuáles son las razones para acordar?, podríamos responder el "interés" de las partes por acordar- Esto nos llevaría a reflexionar sobre los intereses de las partes- Es decir debemos poder aceptar que libremente las partes expresen cuál es su interés, aún cuando dicho interés se oponga al nuestro o hasta al de la misma propuesta- Conocer el real interés de cada parte nos llevaría a entender las causas de sus posicionamientos en la negociación..

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